Reajuste de haberes y pensiones para militares y policías será efectivo desde julio de 2025

El segundo reajuste de haberes y pensiones para personal en actividad y retiro se aplicará desde julio de 2025, con pagos estimados entre el 31 de julio y 15 de agosto, según MEF y voceros oficiales.

Publicaciones By Alexis E.
28 Jul 2025, 23:50 402 vieron esta publicación
Archivo tipo Imagen sobre: Resolución y cajero del banco de la nacion
Resolución y cajero del banco de la nacion
El reajuste para personal en actividad y retiro se aplicará desde julio con pago entre fines de julio y agosto.

Reajuste económico aprobado para militares y policías en actividad y retiro

Vigencia del decreto y estimación de fechas de pago

El Decreto Supremo N.º 147-2025-EF, publicado el 14 de julio de 2025, establece el segundo reajuste de haberes y pensiones del año para el personal de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú. La norma alcanza tanto al personal en actividad como a los retirados, y dispone incrementos permanentes y pensionables. Legalmente, su vigencia inicia el 19 de julio, al día siguiente de su publicación. Este reajuste se inscribe dentro de la política progresiva de actualizaciones establecida en la Ley de Presupuesto del 2025.

Aunque el derecho al reajuste se activa desde el 19 de julio, el pago efectivo depende de la carga operativa del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Como las planillas estatales suelen cerrarse entre el 10 y 15 de cada mes, y este decreto fue emitido después de esas fechas, no fue posible incluirlo en la planilla de julio. Por ello, voceros de Normas Legales —a través de redes sociales oficiales— han informado que el pago se realizará entre el 31 de julio y el 15 de agosto, según disponibilidad administrativa.

Esta estimación de 2 a 4 semanas coincide con lo ocurrido durante el primer reajuste de enero 2025, en el cual el depósito se efectuó dentro de ese mismo rango. El Ministerio del Interior, el Ministerio de Defensa y el MEF están obligados a coordinar para procesar el incremento a través de la plataforma AIRHSP. En este contexto, el pago incluirá el monto correspondiente al nuevo haber mensual y el retroactivo desde el 20 de julio para el personal en actividad y retiro, sin necesidad de realizar trámites por parte de los beneficiarios.

¿A quiénes beneficia el reajuste y en qué montos?

El reajuste económico está estructurado de manera progresiva según el grado del personal. Un general de división o equivalente (vicealmirante, teniente general) recibirá un incremento de S/1.028,76, mientras que un coronel percibirá un aumento de S/829,02. En el caso del personal técnico y subalterno, los aumentos van desde S/237,38 hasta S/321,03, lo que refleja una mejora proporcional que busca dignificar el ingreso de todos los niveles jerárquicos.

En el caso del personal en actividad, este reajuste se incorpora como un aumento directo en su remuneración mensual. Para los pensionistas, se agrega como parte de la pensión ordinaria bajo el régimen del Decreto Ley N.º 19846. La norma también beneficia a los sobrevivientes registrados en el régimen del Montepío, quienes recibirán el reajuste de manera proporcional si existen múltiples beneficiarios. El proceso será automático y gestionado directamente por las entidades correspondientes.

A fin de evitar duplicidades, si un pensionista recibe más de una pensión del Estado, el reajuste se aplicará solo a la pensión de mayor monto. El objetivo es garantizar equidad y transparencia en la asignación del presupuesto. Cabe precisar que esta medida no requiere recursos extraordinarios ni créditos suplementarios, ya que se financia con el presupuesto institucional del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, según lo detallado en la propia norma.

Voceros oficiales indicaron que los pagos se verán reflejados entre el 31 de julio y 15 de agosto de 2025, con retroactivo desde el 20 de julio.

Marco legal y precedentes previsionales del reajuste

El reajuste se sustenta en el Decreto Supremo N.º 147-2025-EF y se enmarca en el régimen especial previsto en el Decreto Ley N.º 19846, que rige tanto para el personal activo como retirado. A diferencia del régimen general, este esquema considera condiciones particulares del servicio militar y policial. La norma tiene rango legal pleno, sin necesidad de aprobación congresal, y su cumplimiento es obligatorio para todas las entidades públicas involucradas en su ejecución.

Legalmente, una vez publicada la norma en el Diario Oficial El Peruano, su entrada en vigencia es inmediata si no se indica lo contrario. Así, el derecho al reajuste es efectivo desde el 19 de julio. No obstante, la materialización de los pagos está sujeta a la capacidad operativa del MEF y la carga administrativa del sistema de planillas públicas. Por ello, es habitual que los pagos se efectúen dentro de un plazo de 2 a 4 semanas, como ocurrió con el primer reajuste de enero.

Desde el punto de vista constitucional, el reajuste de haberes y pensiones cumple una función reparadora frente a la inflación y al costo de vida creciente. La jurisprudencia ha reconocido el carácter intangible y progresivo del derecho a una pensión digna. Por tanto, el Estado está obligado a ejecutar estos aumentos sin dilaciones indebidas, garantizando transparencia, equidad y cumplimiento del cronograma presupuestal aprobado.

  • - Decreto vigente desde el 19 de julio de 2025
  • - Estimación oficial de pago: entre 31 de julio y 15 de agosto
  • - Retroactivo desde el 20 de julio para personal en actividad y retiro
  • - No requiere trámite del beneficiario
  • - Financiamiento con presupuesto institucional del Mininter y Mindef
  • - Basado en experiencia del primer reajuste de enero 2025
Voceros de Normas Legales en redes sociales indicaron que los pagos se realizarán entre el 31 de julio y el 15 de agosto, considerando la carga operativa del MEF.

“Los aumentos para personal en actividad y retiro se aplicarán con efecto retroactivo, y pagos estimados en un plazo de 2 a 4 semanas desde la publicación del decreto.”

Ultimas Publicaciones
Imagen de publicación

Aumento Salarial PNP: Segundo Tramo Pagado, Futuro Prometedor

La economía de la PNP concretó el pago del segundo tramo del aumento salarial hoy, 31 de julio. Se anticipan los tramos finales en 2025 y 2026. Detalles aquí.
  • 31 Jul 2025, 09:45
  • 98
Publicaciones Populares
Imagen de publicación

Reajuste de haberes y pensiones para militares y policías será efectivo desde julio de 2025

El segundo reajuste de haberes y pensiones para personal en actividad y retiro se aplicará desde julio de 2025, con pagos estimados entre el 31 de julio y 15 de agosto, según MEF y voceros oficiales.
  • 28 Jul 2025, 23:50
  • 402
Recomendado
Imagen de publicación

Manual de Documentación Policial de la Policía Nacional del Perú – Edición 2025

Consulta el Manual de Documentación Policial 2025 de la Policía Nacional del Perú. Incluye formatos oficiales, lineamientos normativos y procedimientos para la correcta elaboración de documentos policiales.
  • 21 Jul 2025, 21:16
  • 37